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El
Poder Público está constituido por todas
aquellas instituciones u órganos del Gobierno
señaladas en Nuestra Carta Fundamental, con
competencia a nivel Nacional; así se detallan
la existencia del Poder Legislativo (Asamblea Nacional),
Ejecutivo (Presidente o Presidenta, Vicepresidente
o Vicepresidenta), Judicial (Tribunal Supremo de Justicia,
Tribunales y Juzgados), Ciudadano (Fiscalía
General de la República, Contraloría
General de la República y Defensoría
del Pueblo) y Electoral (Consejo Nacional Electoral). |
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Para
ser Ministro o Ministra se requiere poseer la nacionalidad
venezolana y ser mayor de veinticinco años,
con las excepciones establecidas en esta Constitución.
Los Ministros o Ministras son responsables de sus
actos de conformidad con esta Constitución
y con la ley, y presentarán ante la Asamblea
Nacional, dentro de los primeros sesenta días
de cada año, una memoria razonada y suficiente
sobre la gestión del despacho en el año
inmediatamente anterior, de conformidad con la ley. |

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