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Para trasladar su vehículo y enseres personales a
Venezuela, se otorgará un Certificado de Uso. Para
solicitarlo, se deben presentar en el Consulado General
los siguientes recaudos:
Si sólo lleva enseres personales:
- Planilla (facilitada por la Oficina Consular) debidamente
completada.
- Lista de enseres, enumerando los bultos y enunciando su
contenido. El menaje de casa estará libre del pago
de gravámenes aduaneros siempre que el mismo haya
sido usado por el ciudadano en el exterior durante un tiempo
no menor de seis (6) meses.
Una vez revisados los requisitos, el solicitante deberá
cancelar, en la entidad bancaria correspondiente, el equivalente
a US $70, por concepto de derechos consulares.
Si sólo lleva su vehículo:
- Planilla (facilitada por la Oficina Consular) debidamente
completada.
- Factura original del vehículo, legitimada ante
Notario Público
- Fotocopia de todas las páginas de su Pasaporte.
Una vez revisados los requisitos, el solicitante deberá
cancelar, en la entidad bancaria correspondiente, el equivalente
a US $70, por concepto de derechos consulares.
Si lleva sus enseres y su vehículo:
- Planilla (facilitada por la Oficina Consular) debidamente
completada.
- Lista de enseres, enumerando los bultos y enunciando su
contenido.
- Factura original legitimada ante Notario Público
- Fotocopia de todas las páginas de su Pasaporte.
Una vez revisados los requisitos, el solicitante deberá
cancelar, en la entidad bancaria correspondiente, el equivalente
a US $70, por concepto de derechos consulares.
El (la) propietario (a) del vehículo:
- Debe ser ciudadano (a) venezolano (a) o residente, mayor
de 18 años de edad.
- Debe haber permanecido en el exterior un mínimo
de doce (12) meses.
- Sólo puede llevar un vehículo o una motocicleta.
El vehículo:
- Debe ser de pasajeros, no de carga (los vehículos
de carga entrarían por el Régimen de Importación**).
- Debe haber estado un mínimo de once (11) meses
bajo el nombre del propietario.
- Para no pagar impuestos de lujo en Venezuela, debe tener
un valor igual o menor a veinte mil dólares (US $20.000)
(valor de primera transacción*). Al tener un valor
mayor a veinte mil dólares (US $20.000), pagará
el Arancel de Aduana correspondiente y los impuestos fijados
por el SENIAT.
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Notas:
*El valor de primera transacción se refiere al precio
original de lanzamiento del vehículo al mercado,
no al valor de adquisición; es decir, el precio original
en estado nuevo que para la fecha de fabricación
del vehículo ha sugerido o establecido el fabricante
al consumidor en el mercado interno del país donde
se compró el vehículo.
**El Régimen de Importación sólo es
aplicable a vehículos nuevos. El trámite se
realiza ante el SENIAT. |